La norma aprobada por INACAL fortifica los sistemas de gestión antisoborno en las empresas. En un mes se aprobará el esquema de acreditación de las certificadoras privadas.
El Instituto de la Calidad (INACAL) aprobó la norma antisoborno – ISO 37001. Esta norma técnica peruana especifica los requisitos y proporciona una guía para fortificar los sistemas de gestión antisoborno de las organizaciones tanto públicas como privadas y ONG.
¿Cuáles son estos requisitos?
La norma antisoborno implica un modelo de prevención para prevenir actos de soborno en una empresa. Implica trabajar con integridad, Apostar por la transparencia, Abrir mercados, poder garantizar en la medida en que yo tenga la trazabilidad de los recursos con el objetivo de tener crecimiento organizacional. Las empresas privadas, instituciones públicas y ONG podrán comenzar a certificar sus procesos, a fin de garantizar la calidad e integridad de sus productos. A continuación, los requisitos:
Requisitos
Contexto. La organización debe determinar las cuestiones externas e internas que son pertinentes para su propósito. Para esto debe:
- Establecer, documentar, implementar, mantener y revisar continuamente, y cuando sea necesario, mejorar continuamente el sistema de gestión antisoborno, incluidos los procesos necesarios y sus interacciones.
- El sistema de gestión antisoborno debe contener medidas destinadas a identificar y evaluar el riesgo, y para prevenir, detectar y enfrentar el soborno.
La organización debe contemplar:
Control operacional: La organización debe evaluar la naturaleza y el alcance del riesgo de soborno en operaciones, proyectos, actividades, socios de negocios y personal pertinente. Los controles financieros y no-financieros. La implementación de los controles antisoborno por organizaciones controladas y por socios de negocios. Los compromisos antisobornos. Los regalos, atenciones, donaciones y beneficios similares.
Liderazgo: La organización debe contemplar el liderazgo y compromiso, la política antisoborno y los roles, responsabilidades y autoridades en la organización, por ejemplo, aprobar la política antisoborno de la organización, asegurando que la estrategia de la organización y la política antisoborno se encuentran alineadas. Es decir, que desde la cabeza de la organización, y por todos los mandos directivos, tienen que asumir el compromiso, escrito y documentado de que dentro de su empresa establezcan mecanismos de control para prevenir el soborno”, comentó Barrios.
Planificación: La organización debe considerar acciones para tratar riesgos y oportunidades y objetivos antisobornos y planificación para lograrlos. La organización debe determinar y proporcionar los recursos necesarios para el establecimiento, implementación, mantenimiento y mejora continua del sistema de gestión antisoborno, además, debe determinar la competencia necesaria de las personas que realizan, bajo su control, un trabajo que afecte al desempeño antisoborno, enfocándose en los procesos de contratación.
Evaluación de desempeño: La organización debe establecer el seguimiento, medición, análisis y evaluación de la auditoría interna, asegurándose que los resultados de las auditorías se informan a la dirección pertinente. Para asegurar la objetividad e imparcialidad de esos programas de auditoría, la organización debe asegurarse que se efectúan por una función independiente o una tercera parte apropiada.
Mejora: La organización debe reaccionar ante la no-conformidad e implementar acciones correctivas apropiadas a los efectos de las no-conformidades encontradas. Además, debe mejorar continuamente la idoneidad, adecuación y eficacia del sistema de gestión antisoborno.
Dentro de las organizaciones, se debería tener un oficial de cumplimiento, como un tercero independiente, que no depende de tus entes administrativos. Esta persona verificará periódicamente que estos mecanismos de control que los pusiste en el sistema financiero o en las transacciones comerciales que hagas, se estén cumpliendo y que estés en constante monitoreo y supervisión.